Ley de Transparencia

Normativa aplicable 

Constitución Española de 1978 

Artículo 51 

1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. 

2. Los poderes públicos promoverán promoverán la información información y la educación educación de los consumidores consumidores y usuarios, usuarios, fomentarán fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca. 

3. En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales. 

Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de asociación. 

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. 

Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid. 

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. 

Artículo 3. Otros sujetos obligados. 

Las disposiciones del capítulo II de este título serán también aplicables a: 

b) Las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros. 

Estructura organizativa 

Asamblea General Consejo Rector: 

Presidenta: Susana Martín Juanas 

Secretario-Tesorero: Gustavo Castillo Muñoz 

Vocal 1: Antonio Hurtado Gallego 

Vocal 2: Eva Martín García 

Vocal 3: José Luis García Prieto 

Interventora: Úrsula López Moreira 

Fines Estatutarios 

a) Representar los intereses generales de las entidades asociadas a la misma pudiendo ejercitar las acciones legales procedentes. 

b) Representar y defender los intereses generales y particulares de todos y cada uno de los consumidores/as y usuarios/as en general y de los socios/as de las cooperativas en particular, promoviendo todas aquellas acciones y mecanismos que incidan en la formación e información de los mismos/as. 

c) Mantener y asegurar la pureza del espíritu cooperativo y la armonía entre sus miembros, o entre éstos y sus socios/as, ejerciendo, a tal fin la conciliación en las situaciones conflictivas. 

d) Organizar para las entidades cooperativas agrupadas los servicios de interés común de asesoramiento, informes económicos, revisiones contables, jurídicos, técnicos y cuantos sean convenientes a los intereses de éstas y de sus socios/as. 

e) Participar, cuando la Administración Pública lo solicite, en las Instituciones y Organismos de ésta en orden al perfeccionamiento del régimen legal e Instituciones del ordenamiento socioeconómico. 

f) Promover y orientar la formación cooperativa, técnica, profesional y en materias que afecten a los consumidores/as y usuarios/as, de las Cooperativas de Consumidores/as y Usuarios/as, sus socios/as y sus trabajadores/as. 

g) Promover y fomentar la creación de Cooperativas de Consumidores/as y Usuarios/as. 

h) Promover las obras asistenciales, seguros, previsión, crédito, ahorro y, muy especialmente, la integración cooperativa entre sus asociadas. 

i) Fomentar los estudios, publicaciones, experiencias, exposiciones y certámenes, y en general, cualquier actividad tendente a una mayor información sobre el cooperativismo y la defensa de los derechos de los consumidores/as y usuarios/as. 

j) Fomentar y defender la igualdad de oportunidades. 

k) Fomentar la responsabilidad social de la empresa, promoviendo las acciones correspondientes para este fin, dentro del movimiento de cooperativismo de consumidores y usuarios. 

l) La cooperación internacional para el desarrollo. 

m) El fomento de la formación cooperativa, empresarial y profesional, incluyendo la realización de actividades y proyectos cuyos beneficiarios puedan ser las personas mayores, mujeres, jóvenes, inmigrantes, discapacitados/as, ex reclusos/as, ex drogodependientes, enfermos/as, etc. y, en general, cualquier colectivo en situación de riesgo de exclusión social y/o laboral. 

n) Realización de actividades y proyectos relacionados con la protección del medio ambiente, el consumo sostenible y responsable, la energía, la innovación y el desarrollo, la tecnología, la formación, el empleo y el asesoramiento y la asistencia técnica a consumidores/as, cooperativas y Organizaciones Públicas y Privadas, Fundaciones y Universidades. 

ñ) Cualquier otra función que pueda corresponderle y en especial las relativas al cooperativismo de consumidores y usuarios o a la defensa de los legítimos intereses de los mismos, o que se le atribuya por disposiciones legales. 

Subvenciones públicas

subvenciones

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